El Gobierno oficializó en el boletín oficial la vuelta de la Liga Nacional de Básquet
A través de la resolución 1976/2020, que lleva la firma del Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, el Gobierno oficializó la excepción al regreso de la actividad y remarcó que queda "susceptible de ser adaptado para su implementación según la dinámica de la situación epidemiológica".
(De la Redacción de DOBLE AMARILLA) El Gobierno nacional exceptuó del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia del coronavirus a las personas afectadas a la realización de la Liga Nacional de Básquetbol, a partir de este mes.
Por medio de la Decisión Administrativa 1976/2020, firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, se dispone así que se podrá iniciar el máximo torneo de básquet de la Argentina.
La norma prescribe que la actividad autorizada "deberá desarrollarse dando cumplimiento al protocolo sanitario Protocolo de Inicio de Entrenamientos y Juegos", ya dispuesto con anterioridad. No obstante, señala que será "susceptible de ser adaptado para su implementación según la dinámica de la situación epidemiológica".
Asimismo, se determina que, "en todos los casos, se deberá garantizar la higiene y, cuando correspondiere, la organización de turnos y los modos de entrenamiento deportivo que garanticen las medidas de distanciamiento necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19".
Además, se indica que "los desplazamientos de las personas alcanzadas por la presente medida deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada", y que "estos lleguen al lugar del evento sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros interurbano".
Como es costumbre en este tipo de excepciones, se aclara que "los y las responsables del evento deportivo deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud del personal afectado así como la de sus equipos de trabajo y colaboradores"".
Finalmente, se dispone que las personas autorizadas "que se encuentren en alguno de los departamentos o aglomerados alcanzados por la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19".