En contra de todos los esfuerzos llevados adelante judicial y mediáticamente, el Ejecutivo sigue sin poder revertir la cautelar que el Juzgado Federal de Mercedes dictó en septiembre donde suspendió la aplicación de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023 y la reglamentación de las SAD de agosto de este año.

¿Qué sucedió? El oficialismo, a través del Ministerio de Justicia y la Procuración del Tesoro, presentó una serie de pedidos y planteos. Primero, consideró que el caso no tenía que estar en la justicia federal de Mercedes sino en el fuero civil y comercial federal. Después, consideró que el propio juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto debía reconsiderar su decisión y también lo recusaron (es decir, consideraron que debe alejarse del expediente).

“Los artículos 335 y 345 del DNU N° 70/23 y, la reglamentación ínsita en los artículos 2° y 5° del Decreto N° 730/24, integran un núcleo innovador que colaborarán en mejorar la estructura del sistema deportivo argentino”, argumentaron en la apelación.

“Aquello que tendría un impacto positivo en la población, fue suspendido por una sentencia arbitraria. No solo condiciona de manera perjudicial el ejercicio de la actual gestión de gobierno, sino que también tiene un impacto negativo en el interés público, al prohibir -cautelarmente- sin más el ingreso de capitales (inversiones) a las actividades deportivas, sin fundamentaciones técnicas o jurídicas, concretas, que permitieran sostenerlo, aseguraron en un escrito de 66 páginas.

Por último, el Estado Nacional le exigió al juez que les conceda la apelación con efecto “suspensivo”. ¿Qué significa eso? Que el Gobierno nacional pidió que mientras su reclamo contra la cautelar es revisado, la medida que suspendió los artículos quede sin aplicarse. Es decir, solicitó que la cautelar no esté vigente.

La defensa de AFA

La AFA le contestó en el expediente y rechazó los argumentos. La urgencia de esta medida cautelar es evidente, ya que resulta imprescindible suspender de inmediato los efectos del Decreto y su Decreto Reglamentario en relación con mi mandante. Esta acción es crucial para evitar que Sociedades Anónimas, que no cumplen con los requisitos necesarios para ser miembros de mi representada, adquieran, en virtud de estos Decretos, un derecho adquirido que las obligue a ser aceptadas”, explicó el representante legal de la Asociación.

“De no haberse dictado la medida cautelar aquí peticionada, se produciría un daño irreparable para mi mandante y para todos los miembros de la AFA, imposible de reparar posteriormente”, explicaron.

El intento de apartar al juez y los próximos pasos que buscara el Gobierno

No obstante todos los reclamos, el Ejecutivo no logró ni apartar al juez ni suspender la vigencia de la cautelar. En un fallo escueto, el juez federal rechazó la posibilidad de la recusación y confirmó la validez de su pronunciamiento: la resolución atacada fue dictada conforme a los hechos y el derecho invocados en la resolución recurrida”.

Por otra parte y en contra de la postura oficialista elevó el reclamo a la Cámara Federal de San Martín pero sin suspender la vigencia de la cautelar. De acuerdo con lo que pudo conocer Doble Amarilla, el expediente ya está en estudio en la secretaría civil de la Sala II de aquella cámara.