El fiscal pidió el sobreseimiento de Gonzalo Montiel en la causa por abuso sexual
El titular de la Unidad Fiscal de Instrucción y Juicio Especializada en delitos contra la integridad sexual de La Matanza planteó, en un extenso escrito de más de 120 páginas, que no correspondía avanzar en la imputación contra el jugador de la selección argentina. Tras analizar las evidencias y el relato de la denunciante, consideró que lo expuesto por la joven no era claro.
El fiscal Luis Alberto Brogna, a cargo de la Unidad Fiscal de Instrucción y Juicio Especializada en delitos derivados de violencia familiar, de género y delitos contra la integridad sexual de La Matanza le solicitó al juez de garantías el sobreseimiento de Gonzalo Montiel en la causa por abuso sexual.
"Aparece aconsejable el dictado de un pronunciamiento que desvincule al imputado de manera definitiva del presente proceso”, sostuvo el funcionario judicial. Esto se da poco menos de un mes después de que la defensa del lateral derecho (integrada por los abogados Daniel Rubinovich y Rafael Sal Lari) solicitara lo mismo, haciendo foco en las "múltiples inconsistencias" que alegan que existen en la causa.
Según pudo averiguar Doble Amarilla, el fiscal Brogna presentó un dictamen de más de 100 páginas donde analiza las pruebas y el relato de la denunciante, al que no considera claro. Al futbolista del Sevilla de España se lo acusa por un presunto abuso sexual ocurrido el 31 de diciembre de 2019, en la casa de su familia en la ciudad matancera de González Catán.
"No advirtiéndose en el presente legajo, luego de haberse producido una innumerable cantidad de diligencias, de haber transcurrido varios años desde el inicio de la causa y un tiempo prolongado desde que presto declaración el imputado, que se puedan obtener otros elementos probatorios que permitan variar el criterio fundado en un sólido caudal probatorio”, marcó el fiscal en un tramo de su escrito.
Tras analizar no solo los testimonios sino también los dichos de la denunciante y los peritajes que se realizaron en el expediente, consideró que se debía desvincular al jugador.
“La víctima, cuando hace referencia al hecho, no lo puede hacer en forma circunstanciada. Y si bien ella explica por qué no pudo hacerlo y que esto por sí solo no invalida sus dichos, lo cierto es que, aún haciendo el análisis bajo una mirada de género, este testimonio desguarnecido de detalles u otros datos que posibiliten su verificación, no puede imponerse por sí solo a un nutrido cúmulo probatorio que lo contrarrestan. Una lógica semejante derrumbaría por completo otros principios constitucionales como el de inocencia, o desvanecería la necesidad de alcanzar la verdad como uno de los objetivos del proceso penal”, puntualizó.
Cómo sigue la causa
En la causa, la joven denunciante está representada por un abogada que insistirá con el avance del caso. Ante esto, de todas formas el juez de garantías puede decretar el sobreseimiento si considera que el planteo del fiscal está bien fundamentado.
No obstante, esa una circunstancia haría que el expediente pasara a una instancia superior para que sea revisado. Ese planteo en contra de un posible sobreseimiento debería ser presentado en un plazo no mayor a los cinco días hábiles, tal como dice el Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires.