Villa condenado: ¿Qué dice el protocolo de prevención y acción de Boca?
El colombiano recibió la pena de dos años y un mes de prisión de manera condicional por haber ejercido violencia de género contra su expareja Daniela Cortés en abril de 2020. El conjunto xeneize tiene aprobado un manual de procedimiento desde mediados de 2021, donde se deja en claro los pasos a seguir en materia de discriminación, acoso y violencia de género u orientación sexual. Con el fallo ya oficializado, se espera una resolución por parte de las autoridades. Detalles.
El colombiano Sebastián Villa recibió la condena de prisión en suspenso por un lapso de dos años y un mes. Según pudo saber “Doble Amarilla”, Boca tomaría cartas en el asunto y el colombiano podría no jugar más en la institución. Ante ésto, empieza a tallar fuertemente la posibilidad que sea vendido al extranjero, aunque depende del país y de la liga que lo acepte tras recibir esta pena y a la correspondiente autorización de la justicia.
En lo que respecta a lo institucional, Boca cuenta con un protocolo de prevención y acción institucional aprobado el 12 de agosto de 2021, que fue impulsado por iniciativa del Departamento de Inclusión e Igualdad, y tiene como máxima autoridad a Adriana Bravo, vicepresidenta 3ra del club. Pero….¿Qué indica ante estos casos y cuál fue el objetivo de su creación?
La idea es que se cuente con un instrumento legal que regule el procedimiento a seguir ante la comisión de hechos de violencia en razón de género, identidad de género u orientación sexual. Así, se garantizaría la restitución de derechos vulnerados de las personas afectadas; tanto como la promoción del principio de igualdad y la prevención de la violencia desde todas las esferas.
Este contempla TODOS los hechos en violencia de razón de género que se producen dentro de las instalaciones de la institución o que afecten de manera directa a éste. Además, se resalta que no se realizará ninguna distinción del tipo de vínculo con el conjunto de La Ribera.
Teniendo en cuenta todo esto, según el artículo 17° de tal documento, se informa las sanciones previstas, habla sobre amonestación, suspensión, cesantía, expulsión y/o cualquiera otra sanción ya prevista en el estatuto. ¿Qué significa? Que Boca podrá, si así lo considera, dejar de contar con el jugador y cortar todo vínculo.
Sin embargo, esta situación podría acarrearle inconvenientes en el ámbito laboral, ya que se expone a un reclamo por parte de Villa por finalizar el contrato anticipadamente, generándole un daño y perjuicio en su carrera deportiva. Es importante remarcar que más allá de la culpabilidad encontrada hoy, el jugador y su abogado apelarán en las diferentes cámaras, lo que todavía no deja firme la sentencia.
Serán horas de decisión interna para la CD del Xeneize, quien en las próximas horas, podría tener algún pronunciamiento al respecto.