Las nuevas condiciones del derecho de admisión que se aplicará en los estadios
Una resolución publicada este martes por el Ministerio de Seguridad detalla cuáles son los requisitos que deben cumplir los hinchas para poder ingresar a las canchas.
Con el objetivo de mejorar la seguridad dentro de los estadios de fútbol, el Ministerio actualizó los requisitos del derecho de admisión para negarle la entrada a los violentos. Este martes se publicó la resolución en el Boletín Oficial con el detalle de qué condiciones se deben cumplir para poder entrar a las canchas.
1- Cuando la persona se encuentre condenada, procesada o con auto de elevación a juicio, o que se encuentre sujeta a suspensión de juicio a prueba, respecto de delitos que hayan sido cometidos en el marco de la Ley N° 23.184 (Ley de Espectáculos Deportivos), o por cualquier otro delito cometido en el exterior, con motivo u ocasión de un espectáculo futbolístico.
2- Haber sido condenada por delitos dolosos con pena de reclusión o prisión de más de tres (3) años.
3- Se encuentre sancionada respecto de una contravención, que haya sido cometida en el marco de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante o después de la disputa del encuentro o durante las concentraciones o entrenamientos de los equipos.
4- Cuando hubieran tenido conductas violentas contra las personas o las cosas, hayan ingresado a lugares no permitidos, entre otras, dificulten el normal desenvolvimiento de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante y después de la disputa del encuentro o durante las concentraciones y entrenamientos de los equipos.
Además, en todos los casos la medida prohibitoria será por un período no menor a seis (6) meses y no mayor a veinticuatro (24) meses, aunque aquellas personas que dentro del año de aplicada la restricción de concurrencia administrativa cometiere nuevamente algún ilícito se le incrementará al doble la medida prevista. Y si reincide en más ocasiones, se podrá aplicar una restricción de hasta CINCO (5) años.