Conmebol observa las normativas de los 10 países respecto al ingreso de extranjeros: ¿qué sucederá con la Libertadores y Sudamericana?
El organismo regulador del fútbol a nivel sudamericano ultima detalles para las dos competiciones más importantes del continente. Ante el avance de la tercera ola de COVID-19, cada una de las naciones miembro posee sus protocolos sanitarios. Algunos solicitan sólo PCR, otros vacunación completa. Sin embargo, un pequeño porcentaje de jugadores aún no quisieron inocularse, por lo que quedarán imposibilitados de ingresar a algunos territorios. ¿Qué sucederá en esos casos? Detalles.
La CONMEBOL, atenta a las normativas de los 10 países respecto al ingreso de extranjeros previo al inicio de las Copa Libertadores y Sudamericana.
Ante el avance de la tercera ola de COVID-19, cada una de las naciones miembro posee sus protocolos sanitarios. Los mismos van modificándose permanentemente. Algunos solicitan sólo PCR, otros vacunación completa. Sin embargo, un pequeño porcentaje de jugadores aún no quisieron inocularse.
En aquellos territorios donde se requiera el esquema de vacunación completo para ingresar, los futbolistas que no posean dosis o tengan solamente una, no podrán entrar. Por ende, el entrenador no podrá tenerlo en consideración para ser parte del encuentro. ¿Y entonces?
¿Cómo es la normativa vigente en cada uno de los 10 países?
Argentina
Las personas extranjeras no residentes que ingresen por motivos turísticos deberán presentar esquema de vacunación completo, PCR negativo 72 hs. previas al embarque y un seguro de salud de COVID-19, quedando eximidos de realizar cuarentena. Luego deberán realizarse un test PCR entre el 3er y 5to día del arribo al país.
Brasil
En el marco de las medidas de combate al nuevo coronavirus, el gobierno brasileño publicó la Portaria nº 663, el 20/12/2021, que determina la restricción excepcional y temporaria de ingreso de ciudadanos extranjeros a Brasil. El consulado, de hecho, no emite autorizaciones de ingreso.
Está prohibido el ingreso a Brasil de extranjeros que hayan estado en República de Sudáfrica, República de Botswana, Reino de Essuatini, Reino de Lesotho, República de Namibia o República de Zimbabwe en los últimos 14 días. Ciudadanos brasileños, extranjeros que tengan residencia en Brasil y otros casos del Art.3º, II, §5º de la Portaria 660/21 pueden ingresar al país, pero deben cumplir cuarentena de 14 días al llegar al país.
Extranjeros pueden ingresar por por vía aérea siempre que cumplan las exigencias de visa adecuada a su situación migratoria (en caso de turismo o negocios, si necesitan o no visa de visita) y presenten el documento de viaje adecuado (pasaporte o DNI).
El viajero de origen internacional, brasileño o extranjero, deberá presentar a la aerolínea responsable del vuelo, antes de embarcar:
I - Uno de los dos tests: (1) Test RT-PCR o / (2) Test de Antígeno
(1) Test RT-PCR para la detección de SARS-CoV-2 (coronavirus), con resultado negativo / no reactivo, realizado a más tardar 72 horas antes del momento del embarque; y
- en portugués, inglés o español;
- realizado en laboratorio reconocido por las autoridades del país de embarque;
(2) Test de antígeno para la detección de SARS-CoV-2 (coronavirus), con resultado negativo / no reactivo, realizado dentro de las 24 horas anteriores al momento del embarque;
- en portugués, inglés o español;
- realizado en laboratorio reconocido por las autoridades del país de embarque;
II - Declaración de Salud del Viajero (DSV) completada (impresa o digitalmente), aceptando las medidas sanitarias que deben cumplirse durante el período en el país. Debe completarse dentro de las 24 horas anteriores al momento del embarque;
III - Prueba, impresa o electrónica, de vacunación con inmunizadores aprobados por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria o por la Organización Mundial de la Salud o por las autoridades del país donde fue inmunizado el viajero, cuya aplicación de la última dosis o dosis única se ha producido, al menos, catorce días antes de la fecha de ingreso al país. Esta exigencia no se aplica a los viajeros que se consideren no aptos para la vacunación, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud en el Plan Nacional de Operacionalización de la Vacunación contra COVID-19.
Están exentos de presentar la prueba de vacunación los viajantes:
I - Con una condición de salud que contraindique la vacunación, siempre que esté certificado por un informe médico. El certificado médico debe estar en portugués, inglés o español y contener la fecha de viaje, identificación y firma del médico responsable. No es necesario autenticarlo;
II - No elegibles para la vacunación por edad, de acuerdo con los criterios definidos por el Ministerio de Salud en el Plan Nacional para la Operacionalización de la Vacunación contra COVID-19 y publicado en el sitio web del Ministerio de Salud;
III - Que se encuadren en las excepciones por cuestiones humanitarias, en conformidad con el art. 18 de la Portuaria 663/2021;
IV - Provenientes de países con baja cobertura de vacunación, publicados por el Ministerio de Salud y en el sitio web del Ministerio; y
V - Brasileños y extranjeros residentes en territorio brasileño que no estén completamente vacunados.
Los viajantes exentos de prueba de vacunación, al ingresar a territorio brasileño, deben someterse a cuarentena durante catorce días en la ciudad de su destino final y en la dirección registrada en la Declaración de Salud del Viajero - DSV. Después de cinco días de cuarentena, los viajantes asintomáticos pueden realizar test RT-PCR y cerrar la cuarentena siempre que el resultado del test sea negativo (no detectable).
Chile
Resultado negativo de test PCR, cuya toma de muestra no puede tener una antigüedad mayor a 72 horas. Estas se cuentan hasta la hora de salida del vuelo con destino final a Chile si ingresa por vía aérea. Si una persona presenta un resultado positivo persistente por haber estado contagiado del virus el último mes, podrá adjuntar dos resultados de PCR positivos, donde la toma de muestra de uno deberá haber sido realizada hasta 72 horas antes del embarque y el otro deberá haberse realizado con más de 14 días de diferencia con la fecha de embarque, pero con menos de un mes de distancia desde la misma. Los menores de dos años quedan exceptuados de este requisito.
Declaración Jurada para viajeros provenientes del exterior, disponible en www.c19.cl. Todo viajero, de toda edad, debe completar el formulario “Declaración Jurada de Viajeros” de forma electrónica y hasta 48 horas antes del embarque. En este formulario, deberá adjuntar el resultado del PCR negativo y seguro médico de viaje.
Seguro médico de viaje: este requisito es sólo para los extranjeros no residentes en el país. El viajero debe adjuntar a la Declaración Jurada de Viajeros un certificado de un seguro médico que cubra los gastos que pudieran ocasionar la asistencia médica, atención hospitalaria y repatriación durante toda su estancia en el país, incluida la cobertura de cualquier gasto originado por COVID-19. El monto mínimo de cobertura para las prestaciones de salud deberá ser de U$S 30 mil.
Quienes tienen al menos esquema primario de vacunación completo validado por el Ministerio de Salud de Chile: al ingreso al país, se le realizará un examen para detección de coronavirus (PCR o antígenos). Hasta que reciba el resultado negativo de este examen, deberá cumplir cuarentena en un domicilio reportado en la Declaración Jurada. Para llegar al lugar, se permite realizar conexiones de vuelos nacionales, aunque todavía no haya recibido el resultado negativo del examen para detección de coronavirus realizado al ingreso. Una vez que el Ministerio de Salud reciba por parte del laboratorio el resultado negativo del examen, se procederá a habilitar el Pase de Movilidad. En el caso de que el testeo se realice con antígenos, debe esperar en el punto de ingreso hasta obtener el resultado del test. En el caso de ser positivo, el viajero será declarado inadmisible para permanecer en el país.
Quienes no están vacunados o no tienen un esquema de vacunación completo validado por el Ministerio de Salud de Chile: esta alternativa está disponible solo para extranjeros no residentes que cumplen con alguna excepción listada en el Decreto 295 de 2021 del Ministerio del Interior. En esos casos, en el punto de ingreso al país se realizará un examen para detección de coronavirus (PCR). Además, deberán realizar 168 horas (7 días) de cuarentena, contadas desde el control sanitario en el punto de ingreso al país. Un resultado negativo del examen para detección de coronavirus realizado en el punto de ingreso al país no permite terminar con antelación el periodo de cuarentena.
Uruguay
Vacunación: haber recibido la única dosis o las dos dosis contra el virus SARS-CoV-2 (según corresponda al tipo de vacuna suministrada) aprobadas por su país de origen, dentro de los últimos 9 (nueve) meses previos al embarque y cumplido los plazos de espera respectivos para lograr la inmunidad efectiva. Se deberá acreditar la vacunación y el cumplimiento de los plazos referidos mediante certificado emitido por la autoridad sanitaria de su país de origen. En caso de tener una tercera dosis, la inmunidad efectiva se cuenta desde los 7 días de esta última dosis.
Test previo al ingreso: acreditar un resultado negativo de test de detección de virus SARS-CoV-2 (por técnica de biología molecular PCR-RT), realizado no más de 72 horas antes del inicio del viaje, en un laboratorio habilitado en el país de origen o tránsito. En caso de que el ingreso al país sea a través de un medio de transporte comercial de pasajeros, la acreditación del test negativo deberá ser realizada previa al embarque ante la compañía correspondiente. Quedan exceptuados de realizarlo los menores de 6 años de edad.
Test posterior al ingreso: no necesitan realizarse un test al séptimo día.
Cobertura de salud: disponer de cobertura de salud en Uruguay.
Declaración jurada: completar el formulario electrónico dentro de las 48 horas previas al embarque, que tendrá carácter de declaración jurada en los términos previstos en el artículo 239 del Código Penal.
Ciudadanos extranjeros que ya cursaron la enfermedad COVID-19 dentro de los 90 días previos al embarque o arribo al país
Requisitos:
Acreditar la enfermedad: presentar el resultado positivo de test por técnica de biología molecular PCR-RT o test de detección de antígenos, realizado entre un máximo de 90 días y hasta 20 días previos al embarque o arribo al país. Debe adjuntarse en la Declaración Jurada y presentarlo ante la compañía en la que viajan previo al embarque.
Test previo al ingreso: no necesitan realizar uno.
Test posterior al ingreso: no necesitan realizarse un test al séptimo día.
Cobertura de salud: disponer de cobertura de salud en Uruguay.
Declaración jurada: completar el formulario electrónico dentro de las 48 horas previas al embarque, que tendrá carácter de declaración jurada en los términos previstos en el artículo 239 del Código Penal.
Venezuela
Test PCR negativo presentado antes de abordar el avión (aplica para todos los viajeros, incluso si posee el esquema de vacunación completo).
Realización de test PCR al desembarcar del avión (aplica para todos los viajeros).
Soporte o comprobante de seguro de cobertura médica, hospitalización y repatriación en caso de fallecimiento con una cobertura mínima de €30 mil.
Colombia
De acuerdo con la Resolución 2052 del Ministerio de Salud y Ministerio de Transporte de Colombia, es obligatorio para ingresar al país tener el esquema de vacunación contra el COVID-19. Quienes no estén vacunados, no podrán ingresar.
Solo como excepción, podrán ingresar con el esquema de vacunación iniciado con una prueba PCR COVID negativa tomada, como máximo, 72 horas antes de viajar.
Ecuador
Todo pasajero mayor de 16 años que ingrese al país deberá presentar de manera obligatoria el carnet de vacunación contra el COVID-19 con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema. Además, debe entregarse un resultado negativo de prueba RT-PCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque.
Perú
Esta norma establece que toda persona que ingrese a territorio nacional, en calidad de pasajero e independientemente del país de procedencia, debe acreditar el haber completado la dosis de vacuna contra la COVID-19, en el Perú y/o en el extranjero, 14 días antes de abordar en su punto de origen. En su defecto, se puede presentar una prueba molecular (PCR) negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de doce años sólo requieren estar asintomáticos para abordar.
Paraguay
1. Completar la ficha Declaración de Salud del Viajero dentro de las 24 horas previas al ingreso al país.
2. Todos los viajeros que ingresen al país deben presentar test (técnicas de detección de ARN: RT-PCR/LAMP / NAAT) con resultado negativo, realizada en un tiempo no superior a 72 horas del embarque o un test de antígeno negativo realizado en un tiempo no mayor a 24 horas del embarque.
3. Test RT-PCR en el país: todos los viajeros mayores de 12 años deberán realizarse un test PCR en el día 5, a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba RT-PCR o test de antígeno presentado al ingreso al país (día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de la muestra). Dicho test se realizará en un laboratorio público o privado autorizado por el Laboratorio Central de Salud Pública. Los que ya tuvieron la enfermedad deben realizarse el test RT-PCR en el día 5 a contar desde el ingreso al país. Quedan exceptuadas de realizar el test RT-PCR todos los viajeros procedentes de los Estados Partes del Mercosur y Estados asociados (Chile, Ecuador, Colombia, Perú, Guyana y Surinam)
4. Personas que ya tuvieron la enfermedad: los viajeros que hayan padecido COVID-19 desde los 14 y hasta los 90 días previos al ingreso al país deberán acreditar dicha situación mediante resultados laboratoriales (técnicas de detección de ARN: RT-PCR/LAMP / NAAT) o prueba de antígeno positivo. No será necesaria la presentación de nuevo test ARN: RT-PCR/LAMP / NAAT negativo al ingreso al país.
5. Tránsito vecinal y comercial terrestre de hasta 72 horas
Requerimientos para el ingreso al país
• Test de antígeno de COVID-19.
• Certificado o carnet de vacunación contra el COVID-19: todos los viajeros deberán presentar test de antígeno negativo realizado en un tiempo no mayor a 24 horas del ingreso al país o el certificado de vacunación con el esquema completo contra el COVID-19. Deberán acreditar que fueron vacunados con un certificado o tarjeta de vacunación emitida por la autoridad sanitaria del país de procedencia. Son considerados completamente vacunados los viajeros que hayan cumplido 14 días de la última dosis de vacuna (para esquema de dos dosis).
Bolivia
Para los viajeros provenientes del exterior al Estado Plurinacional de Bolivia, con carácter obligatorio se establecen las siguientes medidas:
a) En los casos que cuenten con certificado de vacunación contra el COVID-19 con esquema completo con al menos 14 días antes de la fecha de ingreso:
Prueba RT-PCR negativa certificada para personas mayores de cinco (5) años de edad:
i) Hasta 72 horas antes de su embarque en el país de origen, para personas nacionales o extranjeras provenientes del exterior del país por vía aérea;
ii) Hasta 72 horas antes de su ingreso al Estado Plurinacional de Bolivia para personas nacionales o extranjeras que ingresen a territorio nacional por vía terrestre, fluvial o lacustre.
Antes de ingresar al territorio boliviano, los pasajeros extranjeros que no tengan residencia permanente en Bolivia deberán contar con un seguro de salud con cobertura para la COVID-19, que cubra los gastos para su tratamiento.
b) En caso de que no cuenten con certificado de vacunación contra el COVID-19 con esquema completo con al menos 14 días antes de la fecha de ingreso: realizar la prueba RT-PCR después de las 72 horas de ingreso al territorio boliviano, cuyo costo será cubierto por el pasajero, y permanecer en aislamiento obligatorio desde el ingreso hasta la obtención del resultado negativo. Este será controlado y monitoreado de acuerdo a la normativa vigente del Ministerio de Salud y Deportes. En caso de resultado positivo, se procederá a dar cumplimiento al protocolo correspondiente.
El antecedente de Novak Djokovic
Las autoridades sanitarias australianas no autorizaron el ingreso del tenista luego de demorarlo más de ocho horas con custodia policial. El serbio está autorizado por la ATP a participar del primer Grand Slam del año, el Australian Open, por una exención médica.
Fue el primer ministro de Australia, Scott Morrison, quién comunicó la decisión a través de las redes sociales: "La visa del señor Djokovic ha sido cancelada. Las reglas son reglas, especialmente cuando se trata de nuestras fronteras. Nadie está por encima de estas reglas. Nuestras sólidas políticas fronterizas han sido fundamentales para que Australia tenga una de las tasas de mortalidad más bajas del mundo por COVID. Seguimos estando atentos".
Ante este panorama, intervino el Ministro de Asuntos Exteriores de Serbia, Nikola Selakovic, que se puso en contacto con el embajador serbio en Canberra y pidió la liberación inmediata del tenista, algo que terminó sucediendo, pero con el pasaje de vuelta impreso.
Djokovic, quien no se vacunó contra el coronavirus, esperaba entrar a Australia para jugar el primer Grand Slam del año con una exención médica que le otorgaron los organizadores. Sin embargo, Nole no pudo pasar el control migratorio. El serbio cometió un error al rellenar su visado, al no especificar que ha recibido una exención médica para entrar al país, según publicaron medios australianos.
Según datos de la ATP, la mayor parte de los primeros 100 tenistas del mundo han recibido ya las dos dosis de la vacuna, requisito imprescindible para entrar a Australia. Por ello, la decisión de conceder una exención a Djokovic ha despertado las quejas de otros tenistas, como Jamie Murray, hermano de Andy, que aseguró que a otra persona "menos famosa" no le hubieran concedido el permiso.
Cerca del 15% de los jugadores de Primera no se vacunaron por cuestiones religiosas o por temor
En épocas donde se registran los índices más altos de contagios desde el comienzo de la pandemia en nuestro país, cerca del 15% de los jugadores que se desempeñan en Primera no se han vacunado todavía. Según pudo confirmar Doble Amarilla, es debido a cuestiones religiosas y por temor, muchas veces infundado por los representantes de los propios futbolistas.
De acuerdo a lo que le comentaron desde la Liga Profesional (LPF) a este portal, agentes de muchos de los jugadores no inoculados les han aconsejado no vacunarse afirmando que la vacuna "no está aprobada" y dudando de su efectividad y eficacia. Algunos, inclusive, aprovechan la confusión y afirman que podría traer inconvenientes a futuro en los futbolistas, sobre todo en los más jóvenes.
Según pudo confirmar Doble Amarilla, agentes también han utilizado la excusa de que sus asesorados no debían inmunizarse con Sinopharm o con Sputnik V por una eventual transferencia al exterior, en el marco de las restricciones imperantes.
Aunque aún no se conocieron los números oficiales, cerca del 85% de los jugadores están vacunados con una dosis y aproximadamente el 75% con dos. Frente a las estadísticas y ante la complicación en la situación epidemiológica nacional y mundial, tanto desde la LPF como desde AFA le manifestaron a este medio que trabajarán de forma mancomunada para incrementar el número de infantiles y juveniles vacunados, a través del centro instalado en el Predio de Ezeiza.
Es probable que AFA y Liga incrementen las medidas como una forma de aumentar la promoción para la vacunación como lo ha hecho en campañas de protección contra el COVID-19. Debe reconocerse, de hecho, que desde el fútbol se han mostrado voluntad plena y llamados constantes a favor de inocularse, lo cual queda evidenciado en la instalación de los centros de vacunación.