El Estado obliga a todos los hinchas a empadronarse para ir a la cancha
Así lo dispuso la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, a través de una resolución que salió publicada en el Boletín Oficial. Este es el paso previo a la aplicación de un Fan ID argentino, similar al que se utilizó con éxito durante el Mundial de Rusia 2018.
(De la Redacción de DOBLE AMARILLA) Luego del malogrado "AFA plus", parece que ahora sí se avanzará en el empadronamiento de todos los hinchas a la hora de ir a la cancha. En ese sentido se lee la nueva disposición Oficial del Ministerio de Seguridad, firmada por la Ministra Patricia Bullrich y que salió publicada en el Boletín Oficial del día.
La idea es que este sea el paso previo a la aplicación del Fan ID argentino, el sistema de identificación, una suerte de pasaporte del hincha que tuvo muchísimo éxito el Mundial de Rusia. Vale decir que tanto la AFA como la Superliga apoyan esta nueva disposición de la cartera que lidera Bullrich.
¿Qué implica la nueva disposición? En la parte resolutiva de la misma, Bullrich instruye a la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Deportivos, liderada por Guillermo Madero y responsable, entre otras cuestiones, del programa "Tribuna Segura" que se exija "el empadronamiento y registro de toda persona que concurra a un espectáculo futbolístico en el territorio de la República Argentina". Al mismo tiempo, aclara que la emisión de la credencial para tal fin "estará a cargo del organizador".
En el artículo 2 de los 4 que contiene la parte resolutiva, se aclara que es obligatorio "girar los datos de la persona a empadronar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS, para su cotejo en relación a las medidas restrictivas de ingreso en vigencia". Es decir, que quién se empadrone pueda ser constatado que ya no forma parte de las restricciones que impone "Tribuna Segura" previo a esa empadronamiento.
En el artículo 3, la cartera instruye a la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos "a dictar, previa conformidad de la máxima autoridad de la jurisdicción, las normas técnicas complementarias, aclaratorias e interpretativas pertinentes, como así también la suscripción de convenios necesarios para la implementación y cumplimiento de lo establecido en la presente"