Oficial: Independiente ganó el partido de ida 3-0 ante Santos
El ente sudamericano falló a favor del equipo argentino. Resolvió darle curso al reclamo del elenco de Avellaneda y lo declaró vencedor del duelo de ida. Además, resolvió mantener la suspensión de Carlos Sánchez por un partido, con lo cual, hoy no podrá jugar. Se confirma así el adelanto de "Doble Amarilla". ¿Cómo se cocinó este fallo? Todos los detalles.
(De la Redacción de DOBLE AMARILLA) La espera llegó a su fin. Este martes, a poco del inicio del duelo de revancha, después de varios días de incertidumbre, se confirmó lo adelantado por Doble Amarilla. Conmebol dio curso al reclamo de Independiente por la mala inclusión de Carlos Sánchez y falló a su favor. Así, el partido de ida de los octavos de la Copa Libertadores fue declarado 3-0 en favor de la entidad de Avellaneda.
Esa información, a la que tuvo acceso "Doble Amarilla" en la mañana del lunes, se demoró en dar a conocer. Peor lo cierto es que ambas instituciones, desde ayer, sabían cual sería la resolución del ente sudamericano. Los de Holan encararán el partido de vuelta, de esta tarde a las 19.30, con una ventaja de 3-0.
El fallo se dio a conocer minutos antes de las 11 de la mañana, con Independiente ya instalado en San Pablo. Sin embargo, "Doble Amarilla" pudo confirmar que ambos clubes fueron notificados del fallo a las 17.30 hs de este lunes.
Santos intentó hasta último momento. Incluso, el domingo llegó a Luque una delegación encabezada por el presidente del club y que contó con varios abogados. Durante gran parte del lunes, los brasileños realizaron una ampliación de su defensa, pero fueron notificados del fallo adverso luego de la misma.
La larga exposición de los brasileños durante dos reuniones (una a la mañana y otra a la tarde) le convenía a Conmebol. La decisión del ente continental era dar la resolución una vez que Independiente llegase a Brasil. Por eso resultaba clave que Santos se extendiera en la exposición para llegar a horas de la tardenoche. Por otro lado, le permitían a Santos hacer un descargo extenso, tal como querían los brasileños, para exponer todos sus argumentos y evitar quejas luego de que se diera el fallo.
No obstante, en el cierre de las dos reuniones, desde la Confederación le informaron a la comitiva paulista que los argumentos esgrimidos eran insuficientes. A pesar de que ya le habían dicho eso tras el encuentro de la mañana, los brasileños dieron batalla en las oficinas de Asunción y se presentaron a la reunión vespertina con nuevos argumentos. Nada alcanzó. Luego, en Asunción resolvieron postergar la comunicación oficial del fallo. No se hizo en el atardecer ni en la noche del lunes, sino que pasó para el martes antes del mediodía, tal y como sucedió.
Entre los concentrados del Santos figuraba Carlos Sánchez, quien jugó en la ida cuando debía cumplir una fecha de suspensión. El punto 4 del fallo indica claramente que el ex River tampoco podrá jugar hoy en el Pacaembú, ya que para el ente aún debe cumplir su sanción. Mismo criterio aplicado en el caso que Bruno Zuculini, que no podrá jugar los próximos dos partidos que River dispute por torneos de Conmebol, empezando por la revancha ante Racing.
Este es el fallo completo
El Tribunal de Disciplina emite Fallo ante reclamo presentado por el Club Atlético Independiente
Atendiendo al reclamo presentado por el Club Atlético Independiente el 22 de agosto de 2018, bajo los artículos 19 y 56 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, contra el resultado del encuentro disputado el 21 de agosto de 2018, entre los equipos de Club Atlético Independiente vs. Santos Futebol Clube, correspondiente a la ida de los octavos de final de la CONMEBOL Libertadores 2018, por motivo de alineación indebida del jugador Carlos Andrés Sánchez Arcosa; y,
Considerando:
(i) Que los citados Artículos 56 y 19.3 permiten a cualquier club reclamar contra el resultado de un partido por motivo de alineación indebida de un jugador del equipo contrario hasta 24 horas después del partido y el Club Atlético Independiente ha interpuesto dicha reclamación en tiempo y en forma;
(ii) Que Santos Futebol Clube presentó su escrito de defensa en tiempo y en forma el día 24 de agosto de 2018 y el 27 de agosto de 2018 se le ha concedido el derecho a ser oído en audiencia ante este Tribunal previo a su expedición;
(iii) Que el Tribunal de Disciplina ha encontrado que el Santos Futebol Clube no ha cumplido el deber de comunicarse directamente con la Unidad Disciplinaria de conformidad al artículo 9 del Reglamento de la CONMEBOL Libertadores 2018;
(iv) Conforme al Artículo 19.1 del RD, cualquier equipo que sea responsable por una alineación indebida se considerará como perdedor de ese encuentro por 3-0;
(v) Que el Tribunal de Disciplina ha encontrado al Santos Futebol Clube responsable de la infracción de alineación indebida del jugador Carlos Andres Sanchez en incumplimiento de la sanción pendiente de 1 partido de suspensión.
Por tanto, para el caso que nos ocupa, el Tribunal de Disciplina ha resuelto:
1. HACER LUGAR al reclamo presentado por el Club Atlético Independiente;
2. DECLARAR como perdedor al Santos Futebol Clube del partido disputado ante el Club Atlético Independiente correspondiente a la ida de los octavos de final de la CONMEBOL Libertadores 2018.y, en consecuencia:
3. DETERMINAR el resultado de 3 - 0 a favor del Club Atlético Independiente de conformidad al artículo 19º del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.
4. CONFIRMAR la suspensión del Jugador CARLOS ANDRÉS SANCHEZ ARCOSA por 1 (un) partido, la cual deberá cumplirse en el siguiente partido de la CONMEBOL Libertadores 2018.
Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL