Continúan las investigaciones para Lammens y su paso por San Lorenzo: Le revirtieron el sobreseimiento en una causa por retención de impuestos en 2016
Por mayoría, la Cámara en lo Penal Económico ordenó que debe seguir investigándose al ex Ministro de Turismo y Deportes. Es bajo el delito de "retención indebida de tributos" durante el periodo de abril de 2016 cuando era presidente del "Ciclón".
Una causa en el fuero Penal Económico vuelve a poner en cuestionamiento la gestión de Matías Lammens. La Cámara Federal revocó el sobreseimiento que se les había dictado por el delito de "retención indebida de tributos" por lo sucedido durante abril de 2016, cuando era dirigente del ‘Ciclón’.
El Juzgado en lo Penal Económico N°4 había decretado el sobreseimiento del mencionado, junto a Marcelo Tinelli quien era vicepresidente en ese momento, Hernán Walter Etman, Leonardo José Lipera y el Club Atlético San Lorenzo en relación a "la falta de depósito de la suma retenida en concepto de Impuesto a las Ganancias dentro de los diez días hábiles administrativos posteriores al vencimiento de la obligación correspondiente al período fiscal abril de 2016". Concretamente, había establecido la extinción de la acción penal por prescripción, es decir, por el paso del tiempo.
Para el juzgado, sería un “exceso de rigorismo” no hacer lugar a la extinción de la acción "toda vez que la deuda había sido cancelada íntegramente de forma anticipada". Contra esa decisión, la AFIP-DGA presentó su apelación para que se continúe con la causa y en su voto, la camarista Carolina Robiglio le dio la razón
"Dados los efectos que la caducidad del plan produce en la causa penal, no se advierte que a partir del texto de la norma contenida en el art. 6 de la ley 27.653 u otra, pueda considerarse la existencia de una excepción como la que por vía de interpretación da sustento a la resolución apelada", explicó en relación al plan de pagos y demás facilidades otorgadas por el fisco y que no se habrían cumplido al pie de la normativa. El juez Eduardo Farah coincidió con lo planteado, mientras que el juez Mariano Llorens votó -en minoría- por confirmar el sobreseimiento.
San Lorenzo se habría adherido a planes de pago y refinanciamientos a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) durante 2016 y los años consecutivos, de los cuales no cumplía en el pago.
En el año 2023, pagó “voluntariamente” la totalidad del monto adeudado. Sin embargo, la institución incumplió reiteradamente con los planes de AFIP hasta esa fecha.