Escandaloso: Jannik Sinner fue absuelto por un doble doping
El tenista número uno del mundo sólo perderá los puntos y el dinero de los premios de Indian Wells, el torneo en el que dio positivo. Un Tribunal Independiente lo alejó de una sanción.
Jannik Sinner, el número uno del mundo, fue eje de la noticia del día en el mundo del tenis. La Agencia Internacional de Integridad del Tenis (ITIA) confirmó que un tribunal independiente dictaminó que el tenista italiano no tiene culpa ni negligencia por dos violaciones de las reglas antidopaje del Programa Antidopaje del Tenis (TADP), tras haber dado positivo dos veces por la sustancia prohibida clostebol en marzo de 2024.
El actual número uno del mundo proporcionó una muestra durante el Masters 1000 de Indian Wells, el pasado 10 de marzo, que contenía la presencia de un metabolito de clostebol en niveles bajos. Otra muestra, realizada fuera del torneo ocho días después, también dio positivo para el mismo metabolito, otra vez en niveles bajos.
El clostebol es un agente anabólico prohibido en todo momento según la Sección S1 de la Lista de sustancias prohibidas de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). Según el Código Mundial Antidopaje (WADC), cuando un jugador presenta un resultado analítico adverso para una sustancia no especificada, como el clostebol, se aplica automáticamente una suspensión provisional. El jugador tiene derecho a solicitar a un tribunal independiente designado por Sport Resolutions que levante esa suspensión provisional.
Por eso, tras cada una de las dos pruebas positivas, se le aplicó una suspensión provisional. En ambas ocasiones, Sinner apeló con éxito la suspensión provisional y, por lo tanto, nunca dejó de competir.
El jugador explicó que la sustancia había entrado en su organismo como resultado de la contaminación por parte de un miembro de su equipo, que se había estado aplicando un aerosol de venta libre (disponible en Italia) que contenía clostebol en su propia piel para tratar una pequeña herida. Ese miembro del equipo de trabajo le aplicó el aerosol entre el 5 y el 13 de marzo, período durante el que también le proporcionó masajes diarios y terapia deportiva a Sinner, lo que provocó una contaminación transdérmica sin saberlo.
Tras consultar con expertos científicos, que concluyeron que la explicación del jugador era creíble, la ITIA no se opuso a las apelaciones del jugador para levantar las suspensiones provisionales.
La ITIA llevó a cabo una investigación exhaustiva, que incluyó múltiples entrevistas exhaustivas con Sinner y su equipo de apoyo, quienes cooperaron plenamente con el proceso. Tras esa investigación, y de acuerdo con el asesoramiento científico independiente, la ITIA aceptó la explicación del jugador sobre la fuente de clostebol encontrada en su muestra y que la infracción no fue intencional.
La ITIA remitió el caso a un tribunal independiente para considerar los hechos específicos, revisar cualquier decisión antidopaje comparable y determinar qué culpa, si la hubo, tuvo el jugador y, por lo tanto, el resultado apropiado.
Se convocó una audiencia en Sport Resolutions el 15 de agosto de 2024, a partir de la cual el tribunal independiente determinó que no se aplicó culpa ni negligencia en el caso, lo que no dio lugar a ningún período de inelegibilidad.
Sin embargo, de acuerdo con la WADC y la TADP, los resultados de Sinner, el dinero del premio y los puntos de clasificación del Masters 1000 de Indian Wells, en el que el jugador dio positivo por clostebol, están descalificados.
Karen Moorhouse, directora ejecutiva de la ITIA, afirmó: "Tomamos muy en serio cualquier prueba positiva y siempre aplicaremos los rigurosos procesos establecidos por la AMA. La ITIA llevó a cabo una investigación exhaustiva sobre las circunstancias que llevaron a las pruebas positivas, con la que el Sr. Sinner y sus representantes cooperaron plenamente".
Y agregó: “Tras esa investigación, la ITIA aceptó la explicación del jugador sobre la fuente del clostebol y que la presencia de la sustancia no fue intencional. Esto también fue aceptado por el tribunal. Agradecemos al tribunal independiente la rapidez y claridad de su decisión en relación al grado de culpa del jugador”.
Esta decisión está sujeta a apelación por parte de la AMA y la Agencia Italiana Antidopaje (NADO Italia). La ITIA no apelará esta decisión.
La ITIA es un organismo independiente creado por los siete órganos rectores Internacionales del tenis: la ATP, la WTA, la Federación Internacional de Tenis (ITF) y las federaciones de los cuatro torneos de Grand Slam. El objetivo es promover, alentar, mejorar y salvaguardar la integridad del tenis profesional en todo el mundo.