Luego de los incidentes registrados en la marcha de jubilados e hinchas del fútbol argentino del pasado miércoles, la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, presentó el proyecto de ley antibarras en el Salón Malvinas de Casa Rosada junto al director nacional de Seguridad de Eventos Deportivos, Franco Berlín.

El documento fue redactado por el equipo de abogados del Ministerio de Seguridad y cuenta con el aval de Javier Milei. "Trabajamos entonces en este proyecto y hoy llegó a Diputados con la firma de Javier Milei. Esta norma tipifica los delitos en un tipo de asociación ilícita especial: una organización criminal. También refuerza los mecanismos de inhabilitación administrativa para el ingreso a los estadios, una autoridad que por entonces tenían los clubes y desde 2016 es potestad del Estado", señaló en rueda de prensa.

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Por otro lado, Bullrich detalló que se buscará castigar a dirigentes y organizadores de espectáculos que faciliten el ingreso de los violentos a los estadios. "Hoy tenemos en nuestro registro unas 15.000 que han tenido acciones violentas y están impedidas de entrar en las canchas de Argentina y en muchos casos en convenios con canchas de otros lugares del mundo", señaló.

"También se castiga a los dirigentes de los clubes que facilitan entradas a los barras, que les alquilan micros, que permiten estas acciones violencias o facilitan la entrada de elementos contundentes o de armas a las canchas. Todo esto está dentro de una figura que es la asociación ilícita del fútbol y esto les cabe también a los organizadores de espectáculos", completó.

Luego de los incidentes en la marcha de jubilados, Patricia Bullrich presentó el proyecto de ley "antibarras"

Los detalles del proyecto de ley antibarras

El proyecto de ley tiene por objeto "establecer un régimen para la prevención y represión de delitos en espectáculos deportivos" con el que se busca "el agravamiento de las penas correspondientes a diversas conductas delictivas".

Entre las figuras a penalizar se encuentran "al que, con el concurso de dos o más personas, mediante el empleo de violencia o intimidación, alterare el normal desarrollo de un espectáculo deportivo". También "se contempla castigar penalmente a los organizadores, protagonistas o responsables de la emisión o distribución de entradas a espectáculos deportivos". Además, se prevén sanciones para quien venda entradas apócrifas y quienes ofrezcan servicios de cuidado de vehículos sin autorización.

Por otro lado, en el proyecto de ley se autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a "prohibir la concurrencia a espectáculos deportivos a cualquier persona, cuando por razonables pautas objetivas y debidamente fundadas considere que pueda generar un riesgo para la seguridad pública".

Entre las sanciones que detalla el documento, se destacan las siguientes:

Prisión de tres años y seis meses a seis años "al que tuviere en su poder, introdujere en el área de un espectáculo deportivo, guardare o portare armas blancas, piedras, botellas u otros instrumentos contundentes"; cuatro a ocho años a quienes tuvieran en su poder "elementos inflamables, asfixiantes o tóxicos"; de cinco a diez años "el que tuviere en su poder armas de fuego o artefactos explosivos"; de dos a cuatro años a quienes "consintieren que se guarden en el estadio armas blancas, de fuego, instrumentos, artefactos".

Prisión de tres a seis años al que, con el concurso de dos o más personas, mediante el empleo de violencia o intimidación, alterare el normal desarrollo de un espectáculo deportivo, provocare disturbios, amedrentare o ejerciere presión sobre protagonistas, concurrentes u organizadores". En tanto, la pena será de cinco a 12 años "si se emplearen armas de fuego".

Prisión de dos a cuatro años a los organizadores, protagonistas o responsables de la emisión y distribución de entradas a espectáculos deportivos destinadas a la venta, que las provean, sin pagar el precio correspondiente".

Prisión de seis meses a tres años al que "impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes".

Prisión de seis años para "fundadores, cabecillas, jefes organizadores o quienes hubieren contribuido a la financiación de dichos grupos".

Inhabilitación perpetua "cuando algunos delitos previstos en esta ley fueren cometidos por un funcionario público como instigador, partícipe oo autor".

Prohibición de concurrencia administrativa a quien puede "generar un riesgo para la seguridad pública". No podrán acercarse a una distancia menor a mil metros del estadio donde se celebre un encuentro deportivo.

Clausura del estadio en caso que "con dolo o negligencia de los organizadores se violen las prohibiciones de ingreso".