Arde España: Messi fue condenado a 21 meses de prisión
Por evasión fiscal, la justicia española ratificó el fallo de la primera instancia y la defensa del argentino planea otra apelación. La gran duda que se plantean todos: ¿Debe cumplir la condena en una celda? La respuesta en esta nota.
Arde España con la noticia que viene conmoviendo al mundo del deporte: la justicia ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó a Lio Messi y a su padre a 21 meses de prisión por los tres delitos de fraude fiscal en los años 2007, 2008 y 2009 en los que eludió pagar más de cuatro millones de euros al fisco español. La sentencia cuenta con tres votos concurrentes, que coinciden con la condena pero discuten algunas cuestiones técnicas. Lo mportante del caso y que se preguntan muchos es si el fallo obliga a Lionel a que realmente sea recluído en una celda. Pero... NO. La ley española establece que la prisión es efectiva a partirde los 24 meses y un día. La del capitán de la Selección y de su padre es una condena de 21 meses, con lo cual pagará una multa grande pero no corre peligro su libertad.
El tribunal de instancia consideró probado que desde el año 2005, el rosarino ocultó sus ingresos procedentes por los derechos de imagen bajo una falsa cesión de los mismos a sociedades radicadas en países que permitían la opacidad. Unos derechos que, en principio, se vendieron por 50 mil dólares cuando Messi tenía 17 años. Un precio, “ilógico” o “ridículo”, dijo la sentencia, “teniendo en cuenta las expectativas que se cernían sobre Messi en relación a su calidad deportiva”. Sobre todo cuando se barajaban unos ingresos por este concepto de un millón de euros, según los informes que obran en la causa.
La Audiencia de Barcelona consideró que los acusados “eludieron el pago de los ingresos percibidos por los derechos de imagen de Leo Messi, mediante una compleja maniobra negocial que no tenía más finalidad que ocultar a la Hacienda Pública los ingresos generados y quien era el verdadero perceptor de los mismos”
Respecto a los argumentos de la defensa del jugador que pasaban por afirmar que él no estaba al tanto de estos detalles porque solo se dedicaba a jugar al fútbol, dijeron los magistrados que se trata de un “desconocimiento evitable” porque existía una “sospecha justificada de que sus ingresos por derechos de imagen no tenían un origen claro y nítido”, por lo que tuvo “a su alcance” averiguar “de qué manera se gestionaban sus derechos”. “No puede errar aquel que no tiene interés en conocer”, según la sala.