El juicio contra Luis Rubiales, ex presidente de la Real Federación Española de Fútbol, llegó a su 
fin y el juez lo condenó con una multa de 10.800 euros por besar a Jenni Hermoso, aunque fue absuelto de las coacciones.

El juez Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José Manuel Fernández-Prieto, no necesitó más tiempo para sentenciar el beso que el dirigente le dio a la futbolista en la celebración del título Mundial en agosto 2023 y lo condenó a 18 meses de multa con cuota de 20 euros al día por un delito de agresión sexual.

Durante el juicio, que se prolongó durante nueve jornadas a lo largo de dos semanas, la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez, solicitó al magistrado que impusiera una pena de dos años y medio de prisión para Rubiales por un delito de agresión sexual y otro de coacciones, por el que pidió año y medio de cárcel para el ex seleccionador nacional femenino Jorge Vilda, el ex director de marketing Rubén Rivera y el exdirector deportivo de la masculina Albert Luque.

Se trata de la misma petición que formularon la acusación particular que ejerce la propia Jenni Hermoso y la popular, de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE).

Por su parte, las defensas de los cuatro acusados solicitaron su libre absolución. La abogada de Rubiales, Olga Tubau, sostuvo que el beso fue consentido y que en ningún momento hubo coacciones, extremo que desarrollaron los abogados de los otros otros ex directivos de la selección con los que compartió el banco de acusados, Luis Jordana de Pozas, Jorge Navarro y Joaquín Jiménez, en el mismo sentido que su compañera, que durante su informe ironizó con que las presiones de haber existido no tuvieron éxito alguno, porque la jugadora rechazó hacer el vídeo que le pedía el entorno de Rubiales.

Los detalles de la sentencia a Rubiales

El ex dirigente recibió la condena mínima. El juez a José Manuel Fernández-Prieto lo condenó por agresión sexual a una multa de 10.800 euros, también le prohíbe acercarse a la jugadora en un radio de 200 metros y comunicarse con ella durante un año y le impone un pago de 3.000 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños morales causados.

Sin embargo, lo absuelve del delito de coacciones por las presiones a la jugadora y a su entorno porque considera que no quedó acreditado que hubiera violencia o intimidación.

En la sentencia, de 36 páginas, esgrime que, “a la vista de la entidad de la agresión, un beso, que se trata de un acto esporádico del acusado y que este no precisa de una especial rehabilitación del delito” opta por una multa, que es de “menor gravedad” que la pena privativa de libertad. 

El juez considera que Rubiales “no se prevalece de su condición, ni de una relación de superioridad con respecto a la víctima” para darle el beso y que, siendo un “acto reprochable”, se realizó “dentro de la euforia de la celebración de haberse conseguido la copa del mundo, éxito sin precedente en el futbol femenino español”.