¿A qué grave sanción se expone Boca en caso de no presentarse ante Banfield y San Lorenzo?
Según el reglamento de competencia de la AFA, la primera instancia conllevaría a la pérdida del partido, deducción de tres puntos y una multa económica, de acuerdo al artículo 109. En el caso más extremo, si el Xeneize no se presenta por más de dos cotejos, podría perder la categoría.
Tras confirmarse que Boca tendrá que enfrentar a Banfield y a San Lorenzo en tiempo y forma por el Torneo Liga 2021, y teniendo en cuenta que no cuenta con gran parte de la delegación aislada en la burbuja, hay una parte de la dirigencia que amenaza con no presentarse a jugar. En caso de no hacerlo, ¿cuáles serán las consecuencias deportivas para el club?
En el Reglamento de Penas y Sanciones de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), específicamente en el artículo 109, se establece que la consecuencia es la “pérdida del partido deduciéndole los puntos correspondientes a dicho partido más otros tres que se les restarán de conformidad con lo prescripto en este artículo al club cuyo equipo NO SE PRESENTE a las órdenes del árbitro dentro del plazo perentorio de quince minutos contados desde la hora oficialmente fijada para la iniciación de partido”.
Por otra parte, la AFA establece que “la multa será graduada según la categoría del club y la división del equipo inasistente, en los siguientes montos: v.e 2.250 a equipo de división superior de club de Primera Categoría”.
Sin embargo, también hay otros artículos que agravan las sanciones para las instituciones reincidentes. En el artículo 53, el reglamento advierte que “la inasistencia a partido, reprimida por el artículo 109, origina reincidencia y el club responsable pierde su categoría (art 72); cuando el equipo superior del club falte a tres partidos del Campeonato Oficial o, estando de gira, regrese después de cumplidas tres fechas d respectivo Campeonato Oficial”.
¿Qué dice el artículo 72 que cita el 52? Se titula “PÉRDIDA DE CATEGORÍA – SUSPENSIÓN DE CLUB”. Aplica para el club:
"Que teniendo equipo en gira durante el período de receso, ya sea el comprendido entre una y otra temporada oficial o entre uno y otro campeonato oficial organizado por AFA, disputados en una misma temporada oficial, o durante el período de interrupción del respectivo campeonato oficial que esté disputando, regrese después de cumplida tres fechas de iniciado el campeonato oficial en que le toque intervenir o de reiniciado el campeonato oficial cuya disputa fue interrumpida. En este caso, además de la pérdida de categoría, el club infractor será sancionado con la pena de suspensión de tres días a dos años".
También habla "de primera división, primera nacional “B”, primera división “B”, primera división “C” o cuyo equipo superior falte a tres partidos seguidos o alternados del respectivo campeonato oficial, que le toque intervenir o que esté disputando. Si la infracción, la cometiese un club de primera división “D”, perderá su afiliación a la AFA".