El tribunal defendió el fallo contra San Lorenzo: "Aplicamos el reglamento que es taxativo y no da lugar a interpretación”
El presidente del ente fue el que llevó la voz cantante en una breve conferencia de prensa. Casi no se abordaron los aspectos técnicos del fallo y sí se recordó que el cuerpo "fue elegido por unanimidad, por los clubes". También explicó qué chances tiene el club de revertir el fallo según cada infracción.
(De la Redacción de DOBLE AMARILLA) El Tribunal de Disciplina de la Superliga, en pleno, apareció para dar la Conferencia de Prensa en el "Hotel Hilton", sin embargo, el único que habló fue Mario Laporta, presidente del cuerpo y acusado directamente por Marcelo Tinelli de "parcial".
"Nos resultó interesante convocar a esta conferencia de prensa, no para explicar los fundamentos del fallo, porque están a la vista, si no para decir cosas útiles a esta organización", empezó Laporta, que explicó: “Nosotros conformamos un Comité que fue decidido por el estatuto de la Superliga, que a su vez fue homologado por todos los clubes. Estamos llamado a aplicar el Reglamento de Licencias de Superliga también definido y decidido por todos los clubes. Nuestra designación también fue decidida por unanimidad por todos los clubes en Asamblea. A nosotros nos convoca Superliga, en forma periódica, no trabajamos ahí, cada uno tiene su actividad. Nos reunimos a tratar los temas que Superliga pone en nuestro conocimiento”.
“El fallo de San Lorenzo es uno más de varios que hemos tomado y varios que tendremos que tomar en el futuro, sobre criterios que están expresados de manera taxativa en el reglamento”, contó Laporta y ahondó: "Hemos aplicado dos sanciones a dos normas que son muy claras y que no tienen posibilidad de meditar o de graduar la sanción. Nosotros aplicamos lo que dice el Reglamento, frente a una comprobación que no la hacemos nosotros tampoco, la hace Ernst & Young, que es una consultora reconocida. El fallo fue decidido por unanimidad por todos nosotros".
"Nosotros tomamos la decisión sobre la base de lo que está en el legajo. Lo decidimos sobre la base que nos pone Superliga y a las alegaciones del club. No sabemos si el club recibió alguna advertencia. Pero sí que esto tiene que ver con una auditoría del año pasado. El proceso se inicio a principios de año, si no me equivoco", remarcó el Presidente del Tribunal.
"Tenemos varios casos a nuestro conocimiento y vamos decidiendo a medida que Superliga nos convoca. No tenemos, como Comité, un órgano de gestión, ni nada. Estamos respetando los tiempos del procedimiento para decidir".
Consultado sobre el refinanciamiento que esgrime San Lorenzo, Laporta fue claro: "Tenemos un fuerte deber de confidencialidad. Todo lo que nosotros vimos está en el fallo. Ahí encontrarán respuestas de sí hay o no refinanciamiento. El artículo 95 es claro en ese punto, porque prevé la omisión de pago y explica que firmas no se consideran pago".
A San Lorenzo le sacaron tres puntos por el incumplimiento en el pago de sueldos y otros seis por falsear la DDJJ, entonces, ¿por qué la sanción fue sólo de 6 puntos y no de 9? Laporta también explicó ese punto: "El Reglamento preve una sanción de 3 puntos por cada incumplimiento y de 6 puntos por cada falsedad de DDJJ. Nuestra interpretación es que eso tiene que aplicarse por período. No son 3+3, serían 3 y 6. Y nuestra interpretación fue que esos 6 y ya incluían los tres".
Sobre si el Tribunal tomó el cuenta el contexto económico del país a la hora de decidir, Laporta expresó: "No tenemos ni conocimiento ni manejo en lo que es el tramite corriente, en las auditorías. Trabajamos sobre un caso que nos pone a conocimiento la Superliga. Sabemos que hay una auditoría permanente. Tenemos en cuenta eso y los argumentos del club".
Por último, la máxima autoridad del Tribunal aclaró cómo serán los pasos una vez que San Lorenzo apele: "Son dos sanciones conjuntas, lo que juzgamos es la infracción de dos reglas. Cada uno de las sanciones tiene que ver con la infracción de cada uno de los artículos el 95, con el pago de sueldos y las DDJJ y el 97 que tiene que ver con la informalidad en la declaración de los contratos. Son dos sanciones separadas. El 95 es firme, no deja graduar, es un piso los 6 puntos. Y el otro es variable. Cuando apelen se decidirá por las dos”.