River y Rosario Central fueron sancionados por Conmebol: los motivos
El ente que rige el fútbol sudamericano le aplicó una multa al "Mllonario" y otra al "Canalla". La sanción a River es debido a un hecho sucedido en las tribunas durante el partido como local ante Libertad (Paraguay). Además el club de Núñez fue advertido por la reincidencia y la falta de visibilidad de algunas publicidades del importante torneo internacional. En cambio la sanción a Central es por los incidentes en su enfrentamiento con Internacional de Porto Alegre.
River recibió una muy mala noticia, debido a que fue castigado y multado por la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) por la suma de U$S 8.000 por el uso de bengalas en el estadio Monumental durante el partido frente a Libertad de Paraguay válido por la Copa Libertadores de América 2024.
En un comunicado publicado en su página web, el ente que rige el fútbol sudamericano impuso a la institución de Núñez “una multa de ocho mil dólares por la infracción al artículo 12.2 literal c) del Código Disciplinario en concordancia con el artículo 27 del mismo cuerpo legal”.
Además, las autoridades del club “Millonario” fueron advertidas también por la reincidencia (en 2023 fueron sancionados por la misma razón luego de un partido con Sporting Cristal) y la falta de visibilidad de algunas publicidades de la Copa Libertadores.
La nota hace referencia al uso de bengalas esa noche en el reducto riverpelatense y advirtió que que "en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar".
Sanción al "Canalla"
En tanto el ente que rige el fútbol sudamericano le impuso una multa por un valor de U$S 25,000 a la institución de Arroyito por lo sucedido en el encuentro ante Internacional de Porto Alegre.
Del total de la multa, U$S 15.000 de ellos son “por infracción a los artículos 11.2 literal y 12.2 literal del código disciplinario”. Y y el monto restante es "en concordancia con el artículo 27 de la Unidad Disciplinaria.
A su vez hay una advertencia para los “Canallas” que, en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina de igual o similar naturaleza, habrá una sanción superior.