Contundente fallo de la Justicia contra las SAD: confirman cautelar de AFA
La medida deja sin efectos los artículos que permiten el ingreso de las Sociedades Anónimas en el fútbol argentino, según un fallo al que accedió Doble Amarilla. Además, rechazó el pedido impulsado por el Gobierno Nacional para que la causa cambie de jurisdicción.
La Cámara Federal de San Martín confirmó la cautelar de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) que dejan sin efecto los artículos que permiten el ingreso de las Sociedades Anónimas, según un fallo al que accedió Doble Amarilla.
Además, rechazó el pedido impulsado por el Gobierno Nacional para que la causa cambie de jurisdicción.
El tribunal de alzada decidió dejar sin efecto el artículo que autorizaba el ingreso de capitales privados a los clubes y le dio al titular de AFA, Claudio “Chiqui” Tapia una victoria decisiva en la pelea de fondo contra el Gobierno de Javier Milei.
En este fallo, dictado en el marco de la causa N° 22121, fechado el 5 de diciembre, los jueces decidieron mantener la medida cautelar que suspende los efectos de ciertos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, además de los artículos del Decreto Reglamentario 730/2024, hasta que se dicte una sentencia definitiva.
La resolución fue firmada por los jueces de Cámara Marcelo Darío Fernández, Marcos Moran, y Juan Pablo Salas, junto con el secretario Matías José Sac. El fallo surge tras un recurso de apelación del Estado Nacional en contra de una medida anterior que otorgaba a la AFA la suspensión cautelar de los efectos del decreto mencionado, el cual intentaba imponer cambios en la estructura jurídica de las asociaciones deportivas, al permitir la afiliación obligatoria de sociedades anónimas.
Según los jueces, el motivo de la suspensión se basa en que la normativa impugnada por la AFA altera negativamente la autonomía de las asociaciones deportivas, que son entidades sin fines de lucro, al obligarlas a aceptar afiliaciones de sociedades anónimas, lo que perjudica su funcionamiento autónomo.
Además, los jueces de cámara fundamentaron su decisión argumentando que existe un “estado de necesidad” en el que las entidades sufren un perjuicio de imposible reparación posterior debido a los cambios propuestos por el DNU 70/2023.
La AFA planteó que los artículos en cuestión afectan directamente el derecho de libre asociación, forzando a las organizaciones deportivas a aceptar afiliaciones de sociedades anónimas, algo que va en contra de sus estatutos y estructura organizativa tradicional. Además, en el expediente, sostuvo que dichas modificaciones beneficiaban a un sector minoritario y no reflejan el interés general.