Defensa de la Competencia recomienda rechazar la fusión entre ESPN y Fox Sports
La CNDC decidió aconsejar a la Secretaría de Comercio que no dé luz verde a la megaoperación de unión entre Disney y Fox en el país al considerar que "tiene la potencialidad de restringir o distorsionar la competencia". En una resolución a la que tuvo accedo Doble Amarilla, pide una serie de cambios en los términos de la fusión. Si prospera, la empresa debería tener que desprenderse de señales y derechos. ¿Se queda sin las transmisiones de fútbol argentino?
El Gobierno Nacional le pone un nuevo freno a la fusión entre Disney y Fox en Argentina, que en estas tierras tiene como punto destacado las uniones de las pantallas de ESPN y Fox Sports. Según pudo saber Doble Amarilla, un dictamen preliminar de la Comisión Nacional de Defensa de la Competición (CNDC) recomienda a la Secretaría de Comercio Interior anular la operación por la "potencialidad de restringir o distorsionar la competencia del mercado".
La firma The Walt Disney Company adquirió el conglomerado de Fox a nivel global. Con el correr de los meses fue sorteando los planteos que las autoridades de defensa de la competencia hacía en cada país. Es por eso que tuvo que desinvertir en México, Brasil y Chile, entre otros lugares, para adaptarse a la ley. En Argentina la fusión de hecho comenzó a fines del año pasado, pero se hizo evidente ante el público este 2020. Primero con el pase de algunos periodistas de Fox Sports a la pantalla de ESPN, luego al compartir derechos entre ambas cadenas como los partidos de Copa Libertadores y Copa Sudamericana y finalmente con el traspaso de todas las figuras de ambas cadenas a ESPN.
El problema es que todas estas mudanzas se dieron con un detalle no menor en el medio: el Gobierno Nacional todavía no aprobó la fusión entre ambas cadenas internacionales.
En una resolución a la que tuvo acceso Doble Amarilla, el CNDC le recomendó a la Secretaría de Comercio Interior, área presidida por la economista Paula Español, la anulación de esta operación en los términos que se está dando. Si bien la resolución es una recomendación no vinculante (no está obligada a cumplirla), todo indica que Comercio tendrá en cuenta al pie de la letra ese dictamen.
Lo que entiende la Comisión es que esta operación tiene "la potencialidad de distorsionar la competencia" en el mercado y generar "una concentración de señales deportivas". A grandes rasgos, temen que ESPN se convierta en un monopolio y no dé lugar al posicionamiento de diversos actores del mercado.
"En definitiva, dado que las señales ESPN y FOX SPORTS son los competidores más cercanos en el mercado de señales deportivas, la operación de fusión elimina a un competidor relevante. Por consiguiente, la operación tendría como consecuencia el incremento sustancial de la concentración en el mercado de señales deportivas con un aumento significativo en el poder de mercado y de negociación de las empresas notificantes, con el consecuente impacto en los consumidores, que podrían ver incrementado el valor del abono de televisión paga", explicita la CNDC en la resolución.
Otro punto importante a tener en cuenta es que dentro de esa "monopolización" entienden que se podría ver afectado el desarrollo de plataformas con servicio online a futuro, impidiendo así la innovación del sector audiovisual en Argentina.
De hecho, en el punto 10 de la "aclaración metodológica", explican: "En función de la magnitud de los efectos derivados de la operación en la producción y comercialización de señales deportivas, las autoridades de Estados Unidos, México y Brasil ordenaron la desinversión de ciertos activos vinculados con estos mercados. La autoridad de Chile propuso un paquete de remedios de naturaleza conductual para mitigar las preocupaciones generadas por la operación, tanto en el mercado de producción y comercialización de señales deportivas, como también en el de producción y comercialización de señales de televisión factuales e infantiles. Por su parte, en el caso de la Unión Europea, el compromiso de desinversión estuvo vinculado a la producción de señales factuales".
Derechos del fútbol argentino
Otro punto central en donde pone el ojo la CNDC es la posición dominante de Disney en el mercado y el apoderamiento de nuevos eventos como los partidos de la Superliga, devenida hoy en la Liga Profesional de Fútbol (LPF).
"Otro elemento que cabe destacar, es que el poder de negociación de la entidad fusionada también estaría reforzado por el hecho de contar en su portfolio de señales con la señal Fox Sports Premium, que cuenta con la exclusividad de la mitad de los partidos de la Superliga Argentina de Fútbol, torneo de mayor relevancia del fútbol a nivel nacional", sostienen.
Agregan sobre esto en otro de los puntos, y en vinculación con los derechos del fútbol que la "operación trae como consecuencia que la empresa fusionada contaría con 7 de las 9 señales deportivas básicas y con casi dos terceras partes del total del rating en señales deportivas, además de la señal Fox Sports Premium que transmite partidos de la Superliga Argentina de Fútbol. Se deduce también, que como consecuencia de la operación el número de competidores pasaría de tres a dos".
Por último, tras un análisis de más de 15 hojas, concluyen en que "este informe preliminar permite concluir que la operación de concentración económica notificada tiene la potencialidad de restringir o distorsionar la competencia, de modo tal que puede resultar perjuicio para el interés económico general, en relación al mercado de señales deportivas de televisión paga".
Estos puntos podrían obligar a ESPN a desprenderse de algunos derechos como los del fútbol argentino (hoy los tiene en sociedad con TNT Sports) en caso de que quiera que avance la fusión.
¿Qué recomiendan a la Secretaría de Comercio Interior?
En cuanto a las consideraciones para con la Secretaría de Comercio Interior, en primer término proponen "otorgar un plazo de QUINCE (15) días para que las empresas THE WALT DISNEY COMPANY y TWENTYFIRST CENTURY FOX, INC. efectúen las consideraciones que crean oportunas u ofrezcan soluciones que puedan mitigar los potenciales efectos sobre la competencia que surgen del presente informe de objeción".
A su vez, agregan la necesidad de "convocar a una audiencia especial que será fijada mediante providencia simple por la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA conforme lo dispone el Artículo 14 de la Ley N° 27.442 y el punto 12 del Anexo al Artículo 1° de la Resolución SC N° 359/2018, para considerar las medidas que las partes ofrezcan para mitigar el posible efecto negativo sobre la competencia que surge de las objeciones aquí señaladas".
Por último, sugieren: "Mantener suspendido el plazo establecido en el Artículo 14º de la Ley Nº 27.442, hasta tanto las partes efectúen las consideraciones que crean oportunas u ofrezcan soluciones que puedan mitigar los potenciales efectos sobre la competencia que surgen del presente informe de objeción, o en su defecto venza el plazo otorgado para ello, y se celebre la audiencia a la que hace referencia el apartado".