(De la Redacción de DOBLE AMARILLA) El fallo del Tribunal de Apelaciones fue festejado por Juanjo Concina ayer por la tarde a penas entró a la reunión de Comité Ejecutivo de Superliga. Minutos antes de ingresar a las oficinas de Puerto Madero, el representante de Newell’s ante el organismo, se enteraba de la decisión del Tribunal que le devolvía los puntos quitados por haber falseado la Declaración Jurada de libre deuda con el plantel. Sonriente se limitó a decir ante la prensa: “vieron que nosotros no mentimos”, en obvio alusión a Sergio Marchi.

La noticia le cayó pésimo a Nicolás Russo, quien, en caliente, decidió renunciar al Comité Ejecutivo de AFA. Claro, el fallo hacía que los rosarios superen a los del sur en cuanto al mérito deportivo y les hacía perder poco más de $1.000.000 del reparto del dinero de la tv. Si bien no se tocó el tema en el seno de la reunión de Superliga, si hubo comentarios de pasillo con críticas al fallo por parte de la mayoría de los presidentes o vice que estuvieron. 

Antes la Superliga decidió instruir a sus abogados a que presenten esta mañana una carta documento a la AFA pidiendo los argumentos del fallo a favor de los rosarinos. “No puede ser, enviamos todo lo que sucedió y Newell’s mintió”, se quejó amargamente el vicepresidente de un club que además pertenece a la mesa directiva de la liga. Seguramente desde AFA, se limitará a reenviar el fallo del tribunal que, además, está publicado desde ayer a la tarde en su web institucional.

La carta documento, a la que tuvo acceso Doble Amarilla, pide las actuaciones del tribunal. "Sin perjuicio de la notificación formal de dicho fallo que deberá cursarse a la Superliga, le solicito se remitan dentro de las 24 horas de recibida la presente las actuaciones referidas o, en su defecto, copia certificada de las mismas", dice en el segundo párrafo. Además, explica la importancia del envío de esa documentación ya que "el eventual fallo dictado en las actuaciones podría traer aparejados modificaciones en el reparto de los ingresos audiovisuales en relación al criterio de mérito deportivo, esto es a la posición final que cada Club miembro de la Superliga haya revestido en el campeonato de Primera División 2017/18".   

La carta Documento enviada desde Superliga a la AFA
La carta Documento enviada desde Superliga a la AFA

Desde Superliga recuerdan que además de Newell’s hay otros equipos que fueron denunciados ante el Tribunal de Disciplina por no haber presentado sus declaraciones juradas. Se trata de los descendidos Olimpo, Arsenal y Chacarita, que sabiendo que perdían la categoría incumplieron con la presentación de la documentación durante los últimos meses. Desde Superliga aseguran que el tribunal ya debería haberse expedido también por esos casos.

Argumentos

Los argumentos del Tribunal de Apelaciones son claros. Según el fallo, los jueces  convalidan la decisión de primera instancia condenatoria ya que los rosarios no pueden acreditar por medios aceptables haber pagado a los jugadores cuestionados. Sin embargo, consideran atenuantes a la sanción que Newell’s que el club no tuviera antecedentes de haber mentido o falseado la DDJJ. 

Según consta en el texto en la argumentación de la dosificación de la sanción: “Tal como se ha explicado el prolijo y enjundioso fallo recurrido no adolece de falencias que merezcan cambios de este tribunal en todo lo que hace a la determinación de los hechos y a las consecuentes responsabilidades que deben traducirse en las sanciones que en justicia correspondan atendiendo a los principios del deportes, la equidad y el derecho (art. 32, 33, y 35 del RTP) . Concentrados en el tópico de fijar la pena se advierte una importante consideración del juzgador anterior a saber : “… no obstante ello no puede sustraerse del análisis que la jurisprudencia ha establecido que la naturaleza e importancia de la infracción es un elemento de relevancia para la graduación de la multa; lo mismo que los antecedentes registrados a cerca del infractor, lo cual a atenuar la sanción, cuando se trate de un infractor primario, en tanto que puedehacerse más intensa en el supuesto de reincidencia (CSJN, fallos : 225: 412) y en ese sentido debe ponderarse que la facultad de atenuación no reconoce otro limite en su ejercicio por parte de los jueces, que el resultar ella procedente en virtud de os hechos establecidos en el sumario y tal facultad alcanza a todas las penalidades (CSJN fallos: 195 : 92; 211: 290, entre otros) …”

Y aclara en el cierre que: “A esa atinada mensuración debe añadirse que los episodios concomitantes con las obligaciones exigidas muestran la preocupación de los dirigentes del Club requerido por atender la situación de sus Futbolistas Profesionales. Así las cosas, y sumando esa consideración al marco de la ponderación al que equitativamente se refirió el a-quo, parece justo y oportuno fijar la sanción en la quita (reducción) de 1 (uno) punto de la tabla final de posiciones del campeonato de Primera División".

Habrá que ver si al recibir los argumentos, Superliga se da por satisfecha o si va más allá….

Acá, el fallo completo