Los argumentos de la Cámara para revocar la cautelar y permitir las elecciones en Boca
La Cámara Civil fundamentó, a través de cuatro ítems, la resolución que dejó sin efecto la medida cautelar dictada a pedido de la oposición encabezada por Andrés Ibarra y Mauricio Macri por “irregularidades en el padrón electoral”.
La Cámara Civil ordenó hoy que las elecciones en el club Boca Juniors se lleven a cabo en diciembre, tras dejar sin efecto la medida cautelar dictada a pedido de la oposición encabezada por Andrés Ibarra y Mauricio Macri por “irregularidades en el padrón electoral”. La resolución de la Sala E del tribunal da luz verde para la compulsa entre esa fórmula y la oficialista compuesta por el binomio Juan Román Riquelme-Jorge Amor Ameal.
La Cámara Nacional de Apelaciones había rechazado lo reclamado por la oposición y entonces la resolución volvió a la Cámara Civil, que ordenó la realización de las elecciones "a padrón completo", vale decir con los 13.000 socios activos cuestionados por “haber alcanzado presuntamente ese rango de forma masiva e irregular”.
Dentro de la argumentación que da origen a la resolución de revocar la medida cautelar solicitada anteriormente, y que en definitiva fue la que impidió que se llevaran en las fechas prefijadas las elecciones en el club de la Ribera, uno de los puntos a tratar fue “que la alternativa procesal no constituye el marco idóneo para excluir a una masa de aproximadamente 13,000 personas incluidas en el padrón que no han sido oídas”.
Sobre dicho punto, destaca el fallo, “no se ha pedido que deban retomar al estatus previo a ser pasados a la categoría de socios activos. Esto es: no se cuestiona concretamente su calidad de Socios. Y en ese sentido se torna poco plausible el cercenamiento de los derechos que emanan de dicha calidad de Socios y su derecho al voto” tal lo especificado en el artículo 18 del estatuto boquense
Aclarado el punto, hay cuatro items que fundamentan la resolución revocatoria de la medida cautelar que impidió el normal proceso eleccionario en Boca.
- La CD puede pasar Adherentes a Activos bajo su discreción, según el Estatuto
- La oposición tiene minoría en la CD para impugnar ese paso
- El plazo de un año para reclamar ya caducó
- No se puede prohibir al socio votar
Estos cuatro puntos son los que permitieron argumentar a la Sala E de la Cámara en lo Civil, previa presentación del departamento de legales de la entidad de la Ribera, para poder volver a la situación judicial previa a la elecciones y reorganizar el acto.
Claro que si esta resolución no hubiese llegado hoy o, como se preveía, a más tardar mañana, con la feria judicial de enero de por medio, las elecciones ya no hubiesen podido celebrarse antes de marzo o abril del 2024.
Si bien aún no hay fecha anunciada oficialmente, pudo averiguar Doble Amarilla que las elecciones serán el próximo 17 de diciembre. Para poder reencausar los comicios por estas horas, tal cual le confiaron a este portal, se encuentra reunida la CD boquense.